La Póliza Todo Riesgo Copropiedades garantiza el cumplimiento de la Ley 675 de 2001 y ofrece a los copropietarios una mejor protección de su patrimonio.
¿Cuáles son las Principales Coberturas del Seguro? Incendio, explosión, humo, anegación, daños por agua, huelga, motín, asonada, actos mal intencionados de terceros (actos terroristas y de movimientos subversivos), terremoto y/o temblor, impacto de vehículos terrestres, deslizamiento, avalancha, rotura de tuberías, vidrios y responsabilidad civil Extracontractual
¿Qué no cubre el seguro? El hurto bajo cualquier modalidad de los contenidos de cada apartamento, parqueaderos o cuartos útiles, contenidos y accesorios de vehículos, bicicletas y motocicletas. Igualmente excluye cualquier evento de responsabilidad civil extracontractual en el cual no se demuestre la responsabilidad de la Copropiedad en el hecho.
¿Se puede endosar la Póliza de Seguro a las Entidades Financieras? La póliza de la Copropiedad puede ser endosada por los copropietarios que tengan crédito hipotecario con cualquiera de las entidades financieras, para que les suspendan el cobro del seguro de incendio y terremoto de la cuota del crédito mensual y no incurrir en un doble pago de seguro. Se debe evaluar por cada propietario la implicación de endosar el seguro, teniendo en cuenta el valor asegurado por la copropiedad.
¿Cómo solicito el endoso? Las solicitudes de endoso se pueden hacer completando este formulario o diligenciando y enviando el formulario enviado enviado directamente al corredor de seguros según la Circular de Endosos enviada a cada apartamento
Acuerdo Final: Cuando usted solicita su endoso, autoriza a TMG Servicios SAS a tratar sus datos conforme a la Ley 1581 de 2021 y la Política de Tratamiento de Datos Personales que puede consultar en https://tmgservicios.com/HabeasData, por lo tanto, acepta: 1) Que TMG Servicios SAS comparta sus datos con el corredor de seguros y las asegurador de la copropiedad. 2) Que el corredor de seguros le envié el endoso a su email registrado en el formulario. 3) Es responsabilidad de cada propietario hacer el seguimiento para la aplicación del endoso ante la entidad financiera